Todas las compras realizadas en Dreamlove quedan sometidas a la normativa vigente española y comunitaria así como el resto de las disposiciones legales que afecten a las transacciones internacionales. El sistema de compra se somete a la legislación vigente en España, por lo tanto las operaciones de venta se entenderán realizadas en España.
No. Dreamlove vende en regiones exentas de IVA (Impuesto de Valor Añadido) y por tanto todos los precios anunciados no lo llevan incluido, entendemos que nuestros clientes son empresas o profesionales y por tanto pueden desgravárselo. El IVA será añadido a quien le corresponda en el proceso final del carrito de la compra.
Como Dreamlove opera desde España y la sociedad desde donde se factura está dotada de NIF-IVA Intracomunitario, todas las compras que realicen empresas cuya residencia esté en cualquier país de la Unión Europea y dispongan de número de IVA (VAT number) estarán exentas del pago del IVA, siendo condición imprescindible que nuestro sistema valide el número de IVA en la plataforma VIES. https://ec.europa.eu/taxation_customs/vies/#/vat-validation
Sí. En el caso de que la mercancía no salga del territorio español la ley nos obliga en España a cobrar el IVA
Sí. Para aquellas empresas, personas físicas o jurídicas residentes en países de la Unión Europea que no disponen de número de IVA deberán pagar el IVA
Las compras que realicen empresas, personas físicas o jurídicas residentes en países extracomunitarios y con entregas fuera de la Unión Europea estarán exentas del pago del IVA dado que serán consideradas como una exportación. En cambio, si las entregas se realizan en España o el resto de la Unión Europea, sí tendrán que pagar el IVA.
Para este sistema de compra/envío el sistema aduanero podría aplicar las cargas impositivas correspondientes a cada país.
No deberá pagar el IVA, ya que se trata de una exportación.
Debido a su régimen fiscal, Canarias, Ceuta y Melilla son considerados territorios Extracomunitarios, por tanto aquellas compras cuyas facturas y entregas son realizadas en este ámbito geográfico no pagarán el IVA
Sí. En el caso de que la factura se emita a Canarias, Ceuta y Melilla pero la mercancía no salga del territorio comunitario la ley nos obliga en España a cobrar el IVA
El recargo de equivalencia es un régimen especial de IVA destinado a comerciantes minoristas que no realicen ningún tipo de transformación en los productos que venden, es decir; para comerciantes autónomos que vendan al cliente final. Se aplica tanto a personas físicas de alta en autónomos como a las comunidades de bienes y en ningún caso se aplica en actividades industriales, de servicios o en el comercio mayorista.
Para el comerciante minorista supone pagar un IVA algo más alto del normal a cambio de no tener que presentar declaraciones de IVA a Hacienda. De esta manera paga el IVA directamente al proveedor y se simplifica mucho su gestión del IVA. Solo se aplica en facturas de bienes correspondientes a mercaderías o género, nunca en servicios. Es el comerciante quien debe avisar al proveedor (Dreamlove) de su régimen fiscal para que éste incluya el recargo de equivalencia en sus facturas.
De acuerdo con el Real-Decreto Ley 20/2012 de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de competitividad, que incluye la subida del IVA, los tipos de recargo de equivalencia aplicables a partir del 1 de septiembre de 2012 son:
La ventaja para quien tenga este régimen especial es que Dreamlove tiene la web adaptada a este impuesto. En el proceso de creación de una cuenta en Dreamlove deberá seleccionar la casilla «Sí, estoy sujeto a R.E. (recargo de equivalencia)». En el caso de que ya tenga la cuenta creada, contacte con el Departamento de Administración de Dreamlove.